Aquí toda la información para Solicitud de Devolución de saldos a favor del IVA | Trámites
Servicio de Administración Tributaria
¿Deseas obtener la devolución de tu saldo a favor derivado del Impuesto al Valor Agregado (IVA)? Con ese trámite podrás ejercer tu derecho como contribuyente a percibir del Servicio de Administración Tributaria (SAT) las cantidades que deriven a tu favor.
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
Para presentar tu solicitud de devolución debes contar y enviar los siguientes requisitos: | Original |
Anexo 7 “Determinación del saldo a favor de IVA”, para persona física, los cuales se obtienen en el Portal del SAT al momento que el contribuyente ingresa al FED | Original |
Anexo 7-A “Hoja de trabajo para integrar el Impuesto al Valor Agregado”, para persona física, los cuales se obtienen en el Portal del SAT al momento que el contribuyente ingresa al FED. | Original |
Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75 “Aviso de destino del saldo a favor de IVA” | Original |
Tratándose de actos o actividades derivadas de fideicomisos, el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución financiera y en su caso:
| Original |
Contar con contraseña y certificado de e.firma o con e.firma portable a efecto de ingresar a la aplicación Solicitud de Devolución | Original |
En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los puntos anteriores, esta deberá adicionarse a su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip) | Original |
Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera que no excedan de 2 meses de antigüedad, que contengan la clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del contribuyente que lleva a cabo la solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE) | Original |
Nota: No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional. Los documentos originales se digitalizan para su envío.
Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $10,000.00 (Diez mil pesos. 00/100 M.N.) que no cuenten con el Certificado de e.firma o con e.firma Portable, que en términos del Art. 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), no estén obligados a inscribirse ante el RFC, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en cualquier la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC), presentando su identificación oficial vigente y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
Costos
| Concepto | Monto |
|---|---|
Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
En caso de utilizar la e.firma, es necesario utilizar Internet Explorer 10 o superior.
Presencial: Si eres persona física que se ubica en el supuesto de no estar obligada a darte de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y el monto de tu devolución es igual o menor a $10,000.00, acude a cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente para que un Asesor Fiscal, te apoye a registrar tu solicitud de devolución.
Acude ante cualquier oficina del SAT o en los Módulos de Servicios Tributarios que prevén ese servicio, con previa cita.
Citas por Internet: Da clic aquí.


