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Tramites

Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades

Conoce como se hace la Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades

Servicio de Administración Tributaria

¿Deseas pagar tus adeudos fiscales hasta en 36 mensualidades o en un sólo pago que no deberá exceder de 12 meses? Acércate al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para solicitar la autorización de pago en parcialidades o diferido. 

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Escrito libre o archivo electrónico en PDF, según corresponda en el que se manifieste lo siguiente: 

  • El número del adeudo o la manifestación de que se trata de un adeudo autodeterminado
  • El monto del adeudo a pagar a plazos, ya sea en parcialidades o diferido y el periodo que comprende la actualización en los términos del artículo 66, fracción II, inciso a) del Código Fiscal de la Federación (CFF)
  • El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y a otros accesorios
  • La modalidad de pago a plazos, en parcialidades o de manera diferida, según se trate la elección del contribuyente:
  • En el pago en parcialidades, se deberá señalar el plazo en el que se cubrirá el adeudo fiscal, sin que exceda de 36 meses
  • Para el pago diferido, se deberá señalar la fecha en la que se cubrirá el adeudo fiscal, sin que exceda de 12 meses
  • Cuando se haya manifestado el adeudo a través de declaración normal o complementaria, debe señalar el número de folio de la Declaración en el escrito libre
  • Se deberá adjuntar a la solicitud el comprobante de pago inicial de, cuando menos el 20%
Original

Identificación oficial vigente IFE/INE

Original

Costos

ConceptoMonto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Módulos de Servicios Tributarios.

En las Entidades Federativas correspondientes; cuando los adeudos fiscales sean administrados por dichas entidades.

Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente que corresponda a tu domicilio fiscal, de acuerdo con lo establecido en las reglas 2.2.6. y 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

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