Tramite para Solicitud de enmienda al registro para adición de carrera |
Secretaría de Educación Pública
Permite a las instituciones educativas dedicadas a la educación profesional realizar el registro de nuevas carreras previamente autorizadas por autoridad competente.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Formato oficial de solicitud en el Sistema Integral de Registro del Ejercicio Profesional (SIREP), debidamente llenado y firmado por el titular de la institución o persona autorizada | Original |
Acuerdo de autorización, incorporación o reconocimiento de validez oficial de estudios acta de sesión* | |
Planes de estudios, incluyendo únicamente requisitos de ingreso, lineamientos para la prestación del servicio social y opciones de titulación* | |
Formatos cancelados de certificados de estudios, acta de examen profesional, constancia de servicio social y título profesional, grado académico o diploma de especialidad* | |
Opinión técnica favorable de la Comisión Interinstitucional para la formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS) o del Comité Estatal Interinstitucional para la formación de Recursos Humanos en Salud (CEIFRHS). Sólo en el caso de carreras del área de la salud | Original y Copia |
Recibo de pago realizado en una institución bancaria | Original y Copia |
* Este documento deberá presentarse en original y copia autenticada (validada mediante sello oficial) por la autoridad competente.
Costos
Concepto | Monto |
---|---|
Costo del registro por enmiendas al registro profesional, en relación con establecimiento educativo | $1,078.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
Es necesario considerar lo que establece la Ley Federal de Derechos en donde se indica lo siguiente:
Artículo 6.- Para determinar las cuotas de los derechos establecidos en esta ley se considerarán inclusive, las fracciones del peso; no obstante, lo anterior para efectuar su pago el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad de peso inmediato anterior y las que contengan cantidades mayores de 50 y hasta 99 centavos, se ajusten a la unidad de peso inmediato superior.
Cuando en un mismo acto el contribuyente debe efectuar el pago de dos o más derechos, deberá considerar en todo caso la cuota sin ajuste que corresponda a cada derecho, y solo a la suma de los mismos se aplicará el ajuste a que se refiere el párrafo anterior.
Opciones para realizar tu trámite
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.
Presencial: Avenida Revolución No. 1425, Campestre, Álvaro Obregón, Código Postal 01040, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
Vía telefónica (informes): 3601-3800 extensión 61047
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.