Conoce como se hace el Pensión de orfandad para hijo menor y hasta 16 años ante el
Documento que acredite la personalidad con la que se ostente:
- Tratándose de Apoderado o Representante Legal:
Testimonio notarial a través del cual se acredite que se cuenta con poder general para actos de dominio, o bien, especial para realizar el trámite que corresponda ante el instituto (Poder Notarial)
- Tratándose de quienes ejercen la Patria Potestad:
Copia certificada de Acta de Nacimiento*, Acta de Adopción o Reconocimiento del menor. En su caso, copia certificada de la resolución judicial ejecutoriada, a través de la cual conste el ejercicio de la patria potestad a cargo del solicitante
- Tratándose de quienes ejercen la Tutela:
Copia certificada de la resolución judicial ejecutoriada que acredite el auto de discernimiento de la tutela, o bien, copia certificada del Acta de Tutela


