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Cumple con tu obligación de entregar mensualmente la

Aquí toda la información para Cumple con tu obligación de entregar mensualmente la

Comisión Reguladora de Energía

Con base en los artículos 157 y 158 de la Ley de la Industria Eléctrica, y 75 del Reglamento, los Usuarios Calificados, Usuarios Calificados Participantes del Mercado y los Suministradores reportaran a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) mensualmente por los medios electrónicos que esta disponga, la información que esta les requiera respecto de sus actividades de comercialización en el MEM a que se refieren los artículos 45 y 62 de la LIE y aquella relacionada con los datos de demanda, consumo, demanda controlable y otros relacionados con los Centros de Carga que represente, durante los 10 primeros días hábiles de cada mes.

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Entrega mensual de la información sobre el Registro de Usuarios Calificados

Original y Copia

Nota:

Los Suministradores y Usuarios Calificados Participantes del Mercado tendrán que informar mensualmente a la CRE sobre los Centros de Carga que rebasen los niveles de consumo o demanda necesarios para obtener el registro de Usuarios Calificados en términos del artículo 59 de la Ley, de manera que cuente con la información para determinar los Usuarios Finales que están obligados o tienen el derecho a registrarse en el registro de Usuarios Calificados. Los Usuarios Calificados deberán observar las disposiciones para la operación y funcionamiento del registro de Usuarios Calificados que establezca la CRE, mismas que deberán contener los procedimientos y trámites a seguir a efecto de que el registro funcione de manera eficiente y segura.

Costos

ConceptoMonto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) aquí.

Nota:

  • La persona legalmente acreditada y previamente registrada en la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) con su contraseña y correo electrónico.
  • Carga el informe mensual en el portal de la OPE.
  • Recibe acuse de recepción de la información y número de turno (Referencia del trámite para seguimiento y/o aclaraciones.

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