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Tramites

Cumple con la obligación de informar a la CRE sobre los

Conoce como se hace la Cumple con la obligación de informar a la CRE sobre los

Comisión Reguladora de Energía

Durante los primeros 10 días hábiles de cada mes, el Suministrador de Servicios Básicos reportará a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) los centros de carga que superen los niveles de consumo y/o demanda vigentes establecidos por la Ley de la Industria Eléctrica y por la Secretaría de Energía, necesarios para poder obtener la inscripción en el Registro de Usuarios Calificados.

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Entrega de información de los Suministradores sobre los centros de carga obligados a la inscripción en el Registro de Usuarios Calificados

Original

Nota:

El particular que realice el trámite, deberá estar previamente registrado y legalmente acreditado en la OPE.

Costos

ConceptoMonto

Trámite 

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) aquí.

Nota:

  • La persona legalmente acreditada y previamente registrada en la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) con su contraseña y correo electrónico.
  • Adjunta la información solicitada en el portal de la OPE.
  • Recibe acuse de recepción de la información y número de turno (Referencia del trámite para seguimiento y/o aclaraciones).

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