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Tramites

Aviso de enajenación de acciones derivadas de una

Conoce como se hace el Aviso de enajenación de acciones derivadas de una

Servicio de Administración Tributaria

¿Eres residente en México o residente en el extranjero con establecimiento permanente en el país y enajenaste acciones derivadas de una reestructuración internacional? Presenta tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Con anterioridad a la reestructuración, presentar manifestación y documentación a que se refiere el artículo 176, décimo octavo párrafo, numerales 1 y 2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Para efectos del numeral 2, los contribuyentes deberán acompañar a su explicación detallada de los motivos y razones del porqué se llevará a cabo la reestructuración internacional, lo siguiente:

  • Los estados financieros de las personas, entidades o figuras jurídicas que vayan a intervenir en la reestructura
  • Copia de las declaraciones del último ejercicio del impuesto sobre la renta o su equivalente de dichas personas, entidades o figuras jurídicas
  • Dentro de los treinta días siguientes a que finalice la reestructura, presentar la documentación a que se refiere el artículo 176, décimo octavo párrafo, numeral 3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como la que se indica a continuación:
  • El organigrama del grupo al que pertenecen las sociedades del grupo que se reestructuró, en el que se advierta la tenencia accionaria directa e indirecta de las sociedades, con posterioridad a la reestructuración
  • Los certificados de tenencia accionaria de las sociedades que integran el grupo, firmados a la fecha de su emisión, bajo protesta de decir verdad por sus representantes legales debidamente acreditados
  • Las actas o minutas debidamente apostilladas o legalizadas, según sea el caso, donde conste la realización de los actos corporativos llevados a cabo con motivo de la reestructuración internacional
  • Los estados financieros o los estados financieros pro forma, en su caso, de las personas, entidades o figuras jurídicas con posterioridad a la reestructuración
  • Copia de las declaraciones del impuesto sobre la renta (ISR) o su equivalente de dichas personas, entidades o figuras jurídicas con posterioridad a la reestructura
  • En relación con el artículo 176, décimo octavo párrafo, numeral 4 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante los dos años posteriores a la fecha en que terminó la reestructuración, presentar en el mes de febrero archivo electrónico con la siguiente documentación:
  • El organigrama del grupo al que pertenecen las sociedades del grupo que se reestructuró, en el que se advierta la tenencia accionaria directa e indirecta de las sociedades, con posterioridad a la reestructuración
  • Los certificados de tenencia accionaria de las sociedades que integran el grupo, firmados a la fecha de su emisión, bajo protesta de decir verdad por sus representantes legales debidamente acreditados
Original

Nota: las declaraciones indicadas deberán acompañarse con el acuse de recibo emitido por las autoridades fiscales respectivas y la documentación que demuestre que dicho impuesto fue, en su caso, efectivamente pagado.

En caso de que al vencimiento del plazo de los treinta días siguientes al que finalice la reestructuración los residentes en México o residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país no cuenten con las declaraciones del impuesto sobre la renta o su equivalente, podrán presentar papeles de trabajo relativos a la determinación del impuesto sobre la renta que se derive de los ingresos que se hayan generado con motivo de la operación. En todo caso, una vez que se presenten las declaraciones del impuesto sobre la renta o su equivalente de dichas personas, entidades o figuras jurídicas, los contribuyentes deberán presentar esta información con arreglo a lo previsto en esta ficha.

Costos

ConceptoMonto

Trámite 

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Acude a la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes ubicada en Avenida Hidalgo No. 77, Módulo III, Planta Baja, Guerrero, Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México, con un horario de atención de 8:00 a 14:30 horas.

Si eres parte del Sector de Hidrocarburos acude a la Oficialía de Partes de la Administración General de Hidrocarburos ubicada en calle Valerio Trujano Número 15, Módulo VIII, Planta Baja, Colonia Guerrero, Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México, así como en Sinaloa No. 43, Planta Baja, Roma, Cuauhtémoc, Código Postal 06700, Ciudad de México, con un horario de atención de 8:00 a 14:30 horas.

Nota: Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse mediante escrito libre ante la Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes de la Administración General de Grandes Contribuyentes o en su caso, ante la Administración Central de Planeación y Programación de Hidrocarburos de la Administración General de Hidrocarburos.

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