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Tramites

Autorización de amarre temporal de embarcaciones ante la

Tramite de Autorización de amarre temporal de embarcaciones ante la

Secretaría de Marina

¿Necesitas que tu embarcación permanezca en puerto fuera de operación comercial? En la Secretaría de Marina (SEMAR) solicita la autorización para que por un tiempo no esté en operación en la capitanía del puerto.

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Escrito libre que debe contener:

  • Nombre del órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión
  • Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal
  • Domicilio para recibir notificaciones
  • Nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas
  • Formulación de la petición y los hechos o razones que dan motivo a la misma
  • Ubicación de la embarcación, dotación mínima de seguridad
  • Fecha y hora prevista de arribo
  • Datos generales de la embarcación
  • Firma autógrafa del interesado o su representante legal. Si el interesado o el representante legal no pueden firmar, deberán imprimir la huella digital de su pulgar 
Original y Copia

Documento que acredite la identidad del promovente (credencial INE, pasaporte). En caso de que el interesado sea persona moral o que siendo persona física no actué por sí mismo, el representante legal o apoderado deberá acreditar personalidad jurídica (poder, carta mandato o documento similar)

Original y Copia

Documentación laboral que acredite que están cubiertas las indemnizaciones y demás prestaciones que legalmente deba pagar el propietario o naviero a la tripulación

Original y Copia

Relación de Tripulación de Guardia, que contemple al personal necesario para ejecutar cualquier movimiento que ordene la autoridad marítima, o que proceda para la seguridad del puerto y de las demás embarcaciones (Dotación Mínima de Seguridad)

Original y Copia

Garantía otorgada por el propietario o naviero que solicite el amarre temporal, suficiente a criterio de la autoridad marítima para cubrir los daños o perjuicios que pudieren causarse durante el tiempo del amarre y el que siga al vencimiento de éste si no se pusiese en servicio la embarcación

Original y Copia

Cuando la embarcación no cuente con tripulación de servicio a bordo, deberá presentar la opinión favorable de la administración portuaria integral correspondiente

Original y Copia

Costos

ConceptoMonto

Autorización de amarre temporal de embarcaciones y artefactos navales

$1,504.00 mxn

Opciones para realizar tu trámite

En línea: Realiza tu trámite en línea aquí.

Presencial: Preséntate en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM) o de la Capitanía de Puerto con la solicitud correspondiente y con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles.

Ventanilla de Gestión de Trámites: Acude a la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM), ubicada en Avenida Heroica Escuela Naval Militar No. 669, Colonia Presidentes Ejidales, Segunda Sección, Delegación Coyoacán, Código Postal 04470, Ciudad de México, y en las Capitanías de Puerto de la República Mexicana, en un horario de atención al público de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 horas (días hábiles).

Capitanías de Puerto

Vía telefónica sólo para informes: 01 800 627 46 21 y 55 56 24 65 00 extensión 1826

Vía correo electrónico: digacap.navegacion@semar.gob.mx

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