Reversión de los bienes expropiados o declaración de

Tramite para Reversión de los bienes expropiados o declaración de

Secretaría de Economía

¿Quieres obtener la reversión de los bienes expropiados o declarados de insubsistencia? Acude a la Secretaría de Economía (SE) y solicita información.

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Instrumento público o carta poder firmada ante dos testigos con la que acredite su personalidad

Pruebas documentales ofrecidas, entre las que se deberán señalar la prueba de inspección

Original y Copia

Solicitud de nulidad, suspensión o insubsistencia de derechos

escrito libre con los requisitos del artículo 4 del Reglamento de la Ley Minera en donde expongan las razones que se admiculen con las pruebas que se ofrecen para fundar la petición

Costos

ConceptoMonto

Por la prestación de servicios relativos a las visitas para dictaminar sobre la procedencia de solicitudes a petición del interesado

Monto variable

Nota: 

Tiene costo la prestación de servicios fuera de la población donde radique la autoridad (visita de inspección)

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: En la Oficialía de partes de la Dirección General de Minas ubicada en Calle Puente de Tecamachalco #6, Col. Lomas de Tecamachalco, C.P. 53950, Naucalpan de Juárez, Estado de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. y en las Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía (SE), con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas o en la oficialía de partes de la Secretaría de Economía, sita en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 18:00 horas, en días hábiles.

Medios Alternativos: a través del correo electrónico de la Dirección General de Minas: tramitesdgm@economia.gob.mx., conforme los requisitos que marcan los artículos 1,2,3,4,5,6,7 y 13 del «»acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican»», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de agosto de 2021, en un horario de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, y se considerará presentada el día hábil de su recepción. Para el caso de las solicitudes de trámites o procedimientos que se reciban de forma electrónica después de las 18:00 horas o en días inhábiles, se considerará presentada al día hábil inmediato siguiente.

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