Bases de regulación tarifaria y de precios para servicios

Conoce como se hace la Bases de regulación tarifaria y de precios para servicios

Secretaría de Marina

Verifica que documentos debes presentar para obtener las Bases de regulación tarifaria y de precios para servicios portuarios (excepto servicios de maniobras).

Documentos necesarios

Documento requeridoPresentación

Escrito libre firmado por el Representante Legal u homologo, con la propuesta tarifaria. Original. Artículo 63 de la Ley de Puertos y Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Puertos.

El escrito libre debe contener:

  • Nombre del órgano administrativo a que se dirigen, lugar y fecha de su emisión.
  • Nombre de quién solicita el trámite, o en su caso representante legal
  • Domicilio para recibir notificaciones, teléfono y correo electrónico
  • Nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas
  • Formulación de la petición: el interesado deberá precisar el monto de la tarifa, o en su caso, el porcentaje de incremento que solicita y reglas de aplicación, además de especificar claramente el servicio que proporciona y en que puerto
  • Firma autógrafa del interesado o su representante legal. Si el interesado o el representante legal no pueden firmar, deberán imprimir la huella digital de su pulgar.
  • Documentos que acrediten la personalidad en caso de representantes legales

Archivo impreso o electrónico que contenga los datos financieros los cuales estarán referidos a los ingresos anuales brutos (Estado de resultados desglosado del ejercicio anterior). Original. Artículo 63 de la Ley de Puertos y Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Puertos

Archivo impreso o electrónico que contenga los datos financieros los cuales consistirán en los costos operativos y gastos de administración anuales (Estado de resultados desglosado del ejercicio anterior). Original. Artículo 63 de la Ley de Puertos y Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Puertos

Archivo impreso o electrónico que contenga los datos financieros los cuales consistirán en los montos de inversión presentes y futuros. Original. Artículo 63 de la Ley de Puertos y Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Puertos

Archivo impreso o electrónico que contenga los datos estadísticos los cuales consistirán en el número de servicios prestados. Original. Artículo 63 de la Ley de Puertos y Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Puertos

En el caso de las Administraciones Portuarias Integrales o Administraciones del Sistema Portuario Nacional, el acuerdo correspondiente a las tarifas de prestación de servicios portuarios, firmado por el Secretario del Consejo de Administración. Copia. Artículo 132 del Reglamento de la Ley de Puertos

Reglas de aplicación de la tarifa (obligatorio cuando la solicitud tarifaria es por primera vez). Original. Artículo 131 del Reglamento de la Ley de Puertos

Costos

ConceptoMonto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Preséntate en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM) con los requisitos solicitados, en los días y horario hábiles, solicita el trámite.

Ventanilla de Gestión de Trámites: Acude a la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos (UNICAPAM) ubicada en Avenida Heroica Escuela Naval Militar, No. 669, segundo piso, Presidentes Ejidales, Segunda Sección, Coyoacán, Código Postal 04470, Ciudad de México con un horario de atención de 08:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes (días hábiles).

Vía telefónica sólo para informes: 55 56 24 65 00 extensión 6055

Correo electrónico: dgp.dir.fop@semar.gob.mx

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