Tramite de Autorización para cada emisión de obligaciones subordinadas
Escrito libre que contenga la solicitud previa para la autorización de cada emisión de obligaciones subordinadas, la solicitud de autorización deberá acompañarse de los siguientes documentos e información:
- Proyecto del acta de emisión y del título o títulos con los que documentará la misma y que deberán
- Cumplir con las características y requisitos de los bonos bancarios, en términos de los artículos 136, fracción I y 160, fracción I de la LISF
- Prever lo dispuesto en el artículo 136, fracciones IV y V, así como en el artículo 160, fracciones IV y V de la LISF, según corresponda
- Indicar si las obligaciones subordinadas son o no de conversión obligatoria en acciones y el tipo de moneda en que se emitirán
- En su caso, precisar las cláusulas de hacer y no hacer, en especial las relativas al aceleramiento y vencimiento anticipado, el número de colocaciones que se llevarán a cabo, el nombre del representante común y sus derechos y responsabilidades, así como los términos en que podrá procederse a su remoción y a la designación de uno nuevo
- Descripción del programa para el desarrollo de la Institución, que se pretenda financiar con los recursos que se obtengan de la colocación de las obligaciones subordinadas
- Señalamiento respecto a si la colocación de las obligaciones subordinadas se llevará a cabo o no mediante oferta pública de valores, y si están inscritos o se inscribirán en el Registro Nacional de Valores los títulos representativos del capital social de la Institución o del grupo financiero al que, en su caso, pertenezca
- Estados financieros de la Institución, que reflejen su estado de situación financiera al término del mes anterior a la fecha de la presentación de la solicitud
- Proyección de los estados financieros a que se refiere la fracción IV anterior, con y sin los efectos de la emisión de obligaciones subordinadas. Dicha proyección deberá ser congruente con el plazo de la emisión y considerar los limites establecidos en el Capítulo 10.4 de la Circular Única de Seguros y Fianzas
- Mecanismos que la Institución prevea implementar para cubrir los riesgos financieros derivados de la emisión, tales como los riesgos cambiario o de inflación
- Opinión del comité de auditoría, con el voto favorable de los consejeros independientes, respecto a
- La proyección de los estados financieros de la Institución a que se refiere la fracción V de esta Disposición
- El impacto que el esquema de amortización del financiamiento previsto en el acta de emisión, puede tener sobre la situación financiera de la Institución
- Copia certificada por el secretario del consejo de administración del acta en la que se haga constar el acuerdo mediante el cual se aprobó la emisión de las obligaciones subordinadas y sus características